“Su tranquilidad, nuestro compromiso”
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Nosotros
Misión
Brindar a nuestra cartera de clientes un servicio especializado y de alta calidad, defendiendo sus intereses en forma comprometida y profesional, aportando soluciones realistas, posibles e integrales a sus problemas y necesidades. Nuestros colaboradores cuentan con permanente capacitación buscando el crecimiento y la excelencia en el servicio en las diversas áreas de competencia en las que nuestra firma se aboca.
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Misión
Brindar a nuestra cartera de clientes un servicio especializado y de alta calidad, defendiendo sus intereses en forma comprometida y profesional, aportando soluciones realistas, posibles e integrales a sus problemas y necesidades. Nuestros colaboradores cuentan con permanente capacitación buscando el crecimiento y la excelencia en el servicio en las diversas áreas de competencia en las que nuestra firma se aboca.
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Ambito de desempeño
- Contratos
- Sucesiones
- Disolución conyugal
- Divorcios
- Cobros compulsivos
- Daños y perjuicios
- Estatutos de Fundaciones, ONG, Asociaciones, Sociedades.
- Mediaciones
- Amparo
- Habeas Corpus
- Habeas Data
- Acciones de inconstitucionalidad
- Acuerdos y conciliaciones extrajudiciales (niñez, matrimonio, etc.)
- Reconocimiento de matrimonio aparente
- Régimen de relacionamiento
- Reconocimiento de filiación
- Asistencia alimentaria de adultos
- Litigios por despido, incumplimiento e indemnización laboral
- Asesoramiento sobre contratos laborales individuales
- Denuncias y seguimiento ante el MTESS
- Contratos colectivos
- Denuncias penales
- Seguimiento de procesos en Ministerio Público y Juzgado Penal
- Defensas técnicas en audiencias indagatorias, preliminares y juicios orales.
- Querellas autónomas y adhesivas.
- Recursos y medidas cautelares.
- Asesoramiento en temas marcarios
- Registro de marcas y patentes
- Seguimiento de trámites ante la DINAPI
- Contrataciones públicas
- Sumarios administrativos
- Litigios judiciales
- Medidas cautelares
- Realizamos inventario de juicios
- Análisis de carteras judiciales de cobro compulsivo
- Evaluaciones de gestión
- Recomendaciones en base a análisis.
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Ambito de desempeño
- Contratos
- Sucesiones
- Disolución conyugal
- Divorcios
- Cobros compulsivos
- Daños y perjuicios
- Estatutos de Fundaciones, ONG, Asociaciones, Sociedades.
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- Amparo
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- Acciones de inconstitucionalidad
- Acuerdos y conciliaciones extrajudiciales (niñez, matrimonio, etc.)
- Reconocimiento de matrimonio aparente
- Régimen de relacionamiento
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- Asesoramiento sobre contratos laborales individuales
- Denuncias y seguimiento ante el MTESS
- Contratos colectivos
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- Defensas técnicas en audiencias indagatorias, preliminares y juicios orales.
- Querellas autónomas y adhesivas.
- Recursos y medidas cautelares.
- Asesoramiento en temas marcarios
- Registro de marcas y patentes
- Seguimiento de trámites ante la DINAPI
- Contrataciones públicas
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- Litigios judiciales
- Medidas cautelares
- Realizamos inventario de juicios
- Análisis de carteras judiciales de cobro compulsivo
- Evaluaciones de gestión
- Recomendaciones en base a análisis.
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División inmobiliaria
Asesoramiento inmobiliario
Corretaje inmobiliario
Propiedades en venta
Propiedades en arrendamiento
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División inmobiliaria
Asesoramiento inmobiliario
Corretaje inmobiliario
Propiedades en venta
Propiedades en arrendamiento
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Cápsulas jurídicas
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY (1992)
PREÁMBULO
El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integrado a la comunidad internacional, SANCIONA Y PROMULGA esta Constitución.
Asunción, 20 de junio de 1992
PARTE I.
DE LAS DECLARACIONES FUNDAMENTALES, DE LOS DERECHOS, DE LOS DEBERES Y DE LAS GARANTÍAS
TÍTULO I.
DE LAS DECLARACIONES FUNDAMENTALES
Artículo 1 – DE LA FORMA DEL ESTADO Y DE GOBIERNO
La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que se establecen esta Constitución y las leyes. La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana.
Artículo 2 – DE LA SOBERANÍA
En la República del Paraguay y la soberanía reside en el pueblo, que la ejerce, conforme con lo dispuesto en esta Constitución.
CÓDIGO CIVIL DEL PARAGUAY
LEY N° 1183/85
TITULO PRELIMINAR
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Art.1°.- Las leyes son obligatorias en todo el territorio de la República desde el día siguiente al de su publicación, o desde el día que ellas determinen.
Art.2°.- Las leyes disponen para el futuro, no tienen efecto retroactivo, ni pueden alterar los derechos adquiridos. Las leyes nuevas deben ser aplicadas a los hechos anteriores solamente cuando priven a las personas de meros derechos en expectativa, o de facultades que les eran propias y no hubiesen ejercido.
Art.3°.- La capacidad civil se rige por las nuevas leyes, aunque supriman o modifiquen las cualidades establecidas por las leyes anteriores, pero sólo para los actos y efectos posteriores.
¿Qué es la Criminalistica?
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Cápsulas jurídicas
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY (1992)
PREÁMBULO
El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integrado a la comunidad internacional, SANCIONA Y PROMULGA esta Constitución.
Asunción, 20 de junio de 1992
PARTE I.
DE LAS DECLARACIONES FUNDAMENTALES, DE LOS DERECHOS, DE LOS DEBERES Y DE LAS GARANTÍAS
TÍTULO I.
DE LAS DECLARACIONES FUNDAMENTALES
Artículo 1 – DE LA FORMA DEL ESTADO Y DE GOBIERNO
La República del Paraguay es para siempre libre e independiente. Se constituye en Estado social de derecho, unitario, indivisible, y descentralizado en la forma que se establecen esta Constitución y las leyes. La República del Paraguay adopta para su gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista, fundada en el reconocimiento de la dignidad humana.
Artículo 2 – DE LA SOBERANÍA
En la República del Paraguay y la soberanía reside en el pueblo, que la ejerce, conforme con lo dispuesto en esta Constitución.
CÓDIGO CIVIL DEL PARAGUAY
LEY N° 1183/85
TITULO PRELIMINAR
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Art.1°.- Las leyes son obligatorias en todo el territorio de la República desde el día siguiente al de su publicación, o desde el día que ellas determinen.
Art.2°.- Las leyes disponen para el futuro, no tienen efecto retroactivo, ni pueden alterar los derechos adquiridos. Las leyes nuevas deben ser aplicadas a los hechos anteriores solamente cuando priven a las personas de meros derechos en expectativa, o de facultades que les eran propias y no hubiesen ejercido.
Art.3°.- La capacidad civil se rige por las nuevas leyes, aunque supriman o modifiquen las cualidades establecidas por las leyes anteriores, pero sólo para los actos y efectos posteriores.
¿Qué es la Criminalistica?
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Contáctanos
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Contactos
Capitán Bado 955 entre Albert Sabini y Ángel Torres
Tel.: +595 21-501400
Cel.: +595 972 122670
Email: info@tactosa.com.py
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De Lunes a Viernes
07:00 h a 13:00 h - 14:00 h a 17:00 h
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Link de interés
Poder Judicial – Ministerio Público – Ministerio de la Defensa Pública – Procuraduría General de la República – Abogacía del Tesoro – DINAPI – Banco Nacional de Fomento – Ministerio del Trabajo, Empleo, y Seguridad Social – Secretaría de la Función Pública – CIDH – ABC Color – Última Hora – La Nación – 5 Días – El Independiente – BBC Mundo – Diario Clarín
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